Congreso aprobó la iniciativa que contempla aumentos de penas, nuevos delitos y más agravantes.

Este jueves el Congreso concilió un proyecto de ley que en noviembre presentaron los ministerios de Justicia, Defensa y del Interior con el cual se buscan fortalecer las medidas en cuanto a seguridad ciudadana.

Aunque el proyecto, que pasa a sanción presidencial, busca responder a quejas ciudadanas, pues se relaciona con medidas para enfrentar el hurto, el homicidio y otros de los delitos más comunes; no ha estado exento de críticas.

Hay tres puntos que han despertado cuestionamientos: los aumentos punitivos por reincidencia, la ‘legítima defensa privilegiada’, y agravantes penales por usar elementos como capuchas.

»La legítima defensa tiene unos requisitos y una naturaleza, estos no se pueden cambiar por una intención del Legislador como este proyecto.»

Frente a la figura de ‘legítima defensa privilegiada’, que establece que habrá una ausencia de responsabilidad penal cuando se esté protegiendo la propiedad privada, por ejemplo, cuando alguien reaccione frente a un ingreso violento al lugar de habitación o a vehículos privados.

Al respecto, abogados penalistas han manifestado que esta medida trasgrede los principios que definen qué es la legítima defensa.

El abogado Camilo Burbano indicó que el artículo aprobado parte de un error claro al entender, en principio, que la legítima defensa depende más de los bienes jurídicos afectados que de la proporcionalidad de los medios utilizados.

«La legítima defensa tiene unos requisitos y una naturaleza, estos no se pueden cambiar por una intención del Legislador como este proyecto. Aún con la reforma como está, se tienen que probar todos los elementos de legítima defensa cuando alguien vaya a usarla. Lo que va a terminar pasando es que ellos pueden aprobar esto pero la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, con su jurisprudencia, va a reinterpretar la estructura para que se cumplan la naturaleza y requisitos de la legítima defensa porque esos no se pueden obviar», dijo.

Del mismo modo, Gerardo Barbosa, profesor de derecho penal y exintegrante de la Comisión Asesora de Política Criminal del Ministerio de Justicia, indicó que la norma podría exacerbar la justicia por mano propia.

Explicó que el derecho penal establece comportamientos genéricamente prohibidos como matar o lesionar a alguien, pero que existen unas situaciones excepcionalísimas en las que se exime de la responsabilidad a una persona que incurre en esos comportamientos prohibidos solo cuando no sea posible proteger los derechos de manera distinta.

«Lo que hace una norma como la aprobada es exacerbar la justicia por mano propia, desconocer la racionalidad del Estado de Derecho y generar la posibilidad de que la gente actúe en forma ordinariamente prohibida so pretexto de defender sus derechos, es volver a la ley de la selva», concluyó.

Un agravante por obstruir vías usando medios que dificulten la identificación, como una capucha

Otro de los puntos más criticados de la iniciativa tiene que ver con un artículo que plantea un aumento de penas frente a la obstrucción de vías públicas para quienes usen elementos como máscaras o capuchas que oculten su identidad.

Para el Comité de Solidaridad con los Presos Políticos, en términos generales el aumento de penas para delitos asociados a acciones en el marco de las protestas no tiene proporcionalidad y carece de relación con el grado de lesividad de estas conductas. Pero además, al crear el agravante por el uso de máscaras o elementos que oculten la identidad, dice el Comité, se está «estigmatizando y prohibiendo el uso de elementos normales para expresarse a través del arte, la música, entre otras. Este aumento de penas tiene la intención de empeorar las garantías para la protesta».

El profesor Gerardo Barbosa indicó que el uso de elementos que imposibiliten el reconocimiento «siempre se ha tratado de involucrar como un factor de reproche penal y se ha considerado que no debería ser un factor de criminalización. La política criminal busca establecer criterios razonables para llevar al reproche punitivo las conductas más graves, y el uso de algún elemento que impida el reconocimiento dificulta la investigación pero no se puede entender como un factor de criminal».

Por su lado, el penalista Burbano manifestó que, en primer lugar, la Corte Constitucional ha sido clara en que la criminalización por la obstrucción de vías no puede ir en contra de la protesta social pacífica; y en segundo lugar, destacó que el tema de las capuchas, per se, podría no ser inconstitucional en el sentido de que otros tipos penales tienen agravantes similares cuando se oculta la identidad.

Por ejemplo, el artículo 241 del Código Penal contempla como circunstancia de agravación punitiva en el delito de hurto que este sea cometido “por persona disfrazada, o aduciendo calidad supuesta, o simulando autoridad o invocando falsa orden de la misma”.

Aumento de penas para los reincidentes

Finalmente, otro punto del proyecto de ley aprobado que ha sido criticado es el referente a un agravante en las penas cuando hay reincidencia. Puntualmente, el texto conciliado señala que es una circuntancia de mayor punibilidad «cuando el procesado, dentro de los 60 meses anteriores a la comisión de la conducta punible haya sido condenado mediante sentencia en firme por delito doloso».

Hoy en día, en el país aproximadamente dos de cada 10 condenados que están en prisión son reincidentes, según datos del Inpec que señalaban que, a septiembre de este año, de los 73.205 condenados en prisiones nacionales, 16.178 –el 22 por ciento– ya habían sido sentenciadas antes y volvieron a prisión.

No obstante, el penalista Burbano expuso que ha quedado más que comprobado con los distintos aumentos punitivos que se han aprobado a lo largo de los años que «aumentar las penas no sirve para nada si hay impunidad». Y dijo que en lugar de aprobar este tipo de medidas, se debería trabajar en «mejorar la investigación penal para sancionar y que no haya tanta impunidad».

Más información en https://www.eltiempo.com/amp/justicia/delitos/proyecto-seguridad-ciudadana-criticas-a-medidas-aprobadas-640676